
El alto tribunal considera que el testimonio de la joven no es suficiente para mantener la condena al exfutbolista, prevaleciendo su presunción de inocencia.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dictado una sentencia que absuelve a Dani Alves del delito de agresión sexual que había sido previamente condenado por la Audiencia de Barcelona. El exfutbolista había sido sentenciado a cuatro años y medio de prisión por la agresión a una joven en la discoteca Sutton en diciembre de 2022, pero el TSJC ha considerado que el testimonio de la denunciante no es lo suficientemente sólido como para mantener la condena.
El alto tribunal, compuesto por tres mujeres y un hombre, ha fallado de manera unánime a favor de Alves, anulando la sentencia inicial y revocando las medidas cautelares. En su resolución, el TSJC argumenta que la presunción de inocencia de Alves prevalece sobre las alegaciones presentadas por la víctima. Se ha destacado una “falta de fiabilidad” en el testimonio de la denunciante, y se ha afirmado que existen insuficiencias probatorias que no justifican una condena penal.
La abogada de Alves, Inés Guardiola, celebró la decisión del tribunal y subrayó que esta sentencia demuestra la inocencia de su cliente. En declaraciones a RAC-1, Guardiola expresó su emoción, asegurando que, a pesar de que la sentencia aún no es firme, confiaba plenamente en el tribunal y en la justicia.
Tras conocerse la absolución, Inés Guardiola manifestó: “Estoy al lado de Daniel Alves. Por fin se ha hecho justicia. Es inocente. Se acaba de demostrar. Estoy muy emocionada y estoy muy contenta”. También comentó que aún no podían adelantar si se solicitarían indemnizaciones, ya que necesitaban estudiar la sentencia detenidamente.
La Audiencia de Barcelona había condenado a Alves en primera instancia basándose principalmente en el testimonio de la joven, quien acusó al exjugador de mantener relaciones sexuales no consentidas con ella en un reservado de la discoteca Sutton el 30 de diciembre de 2022. Según la denunciante, Alves la habría llevado al baño sin su consentimiento, donde se produjo el acto sexual.
El tribunal original concluyó que había un “desajuste” en el relato de la víctima, aunque no consideró que esto afectara al “núcleo esencial” de la acusación, es decir, la penetración vaginal no consentida. Sin embargo, el TSJC ha decidido que las pruebas no eran suficientes para mantener la condena.
Alves permaneció más de un año en prisión provisional antes de ser liberado tras pagar una fianza de un millón de euros. Tras la revocación de la sentencia por el TSJC, Alves queda exonerado de la acusación y se le devuelve su presunción de inocencia.
La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña marca un giro en el caso de Dani Alves, quien ahora queda absuelto de las acusaciones de agresión sexual. Aunque la sentencia aún no es firme, la resolución pone en evidencia las dudas sobre la fiabilidad del testimonio de la denunciante y deja claro que la presunción de inocencia del exfutbolista ha sido respetada por el tribunal. El caso sigue siendo una importante muestra del delicado equilibrio entre las pruebas, los testimonios y la justicia penal en casos de agresión sexual.