
La Corte Constitucional de Colombia ha emitido una histórica decisión al declarar inexequibles las disposiciones que permitían el matrimonio infantil en el país. Con esta sentencia, el alto tribunal establece que la edad mínima para contraer matrimonio será de 18 años, en un paso crucial hacia la protección de los derechos de los niños y adolescentes. La decisión se fundamenta en principios constitucionales y en tratados internacionales que prohíben el matrimonio de menores de edad, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención de los Derechos del Niño.
En un fallo definitivo, la Corte declaró que los artículos 117 y 124 del Código Civil eran contrarios a la Constitución y a las normas internacionales, lo que lleva a la eliminación de la posibilidad de que niñas, niños y adolescentes puedan casarse antes de cumplir los 18 años. Esta medida refuerza la posición del país en la lucha contra las prácticas nocivas que perpetúan estereotipos de género y afectan la vida de las menores, especialmente en contextos rurales y marginados.
El tribunal, al considerar que las uniones tempranas son perjudiciales para el desarrollo integral de los menores, también hizo un llamado urgente a las autoridades nacionales y territoriales para implementar políticas públicas orientadas a erradicar el matrimonio infantil. La Corte ha instado a promover alternativas pedagógicas y educativas que permitan a las adolescentes tomar decisiones informadas sobre su vida, fortaleciendo sus derechos y su participación activa en la sociedad.
En este contexto, la Defensoría del Pueblo deberá identificar las zonas del país con mayor incidencia de matrimonio infantil y desarrollar campañas informativas en esas regiones. Las campañas se centrarán en difundir la nueva decisión judicial y sensibilizar a las comunidades sobre la importancia de proteger los derechos de las niñas y adolescentes.
Esta decisión llega en un momento clave, ya que refleja un compromiso firme por parte de la justicia colombiana con los derechos humanos y el bienestar de los menores. La Corte Constitucional subraya que no basta con la declaratoria de inconstitucionalidad, sino que es crucial un esfuerzo conjunto para erradicar estas prácticas y cambiar la cultura que las sustenta.
El Ministerio de Justicia había recomendado esta medida, alineándose con los estándares internacionales de derechos humanos, y sugirió que el Congreso de la República debía legislar para garantizar que la edad mínima para contraer matrimonio fuera los 18 años. La Corte ha seguido esta recomendación, respaldando la lucha por la igualdad y el respeto hacia las niñas y adolescentes en Colombia.
Con esta histórica decisión, Colombia se avanza en el cumplimiento de sus compromisos internacionales y en la protección de los derechos fundamentales de la infancia, contribuyendo a un futuro más justo e igualitario para las nuevas generaciones.